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Miércoles 8 de Febrero de 2012
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Costa Rica
Pronunciamiento sobre el Expediente 16.030
La Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral - Costa Rica solicita de manera vehemente a las señoras y señores diputados de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos el rechazo y archivo definitivo del Expediente 16.030.

La Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral, que reúne a 73 organizaciones centroamericanas, entre ellas 20 de Costa Rica, expresa su oposición a una nueva afrenta contra los derechos de las personas trabajadoras: el Proyecto de Ley para Actualizar las Jornadas de Trabajo Excepcionales y Resguardar los Derechos de los Trabajadores (Expediente 16.030)

Esta iniciativa se enmarca en la lógica de facilitar el mercado al capital transnacional por medio de la supresión del Estado social, y responde a las condiciones que esas empresas imponen a los países para colocar sus inversiones.

Esta Campaña denuncia que las personas trabajadoras han sido bombardeadas por una estrategia que cargó de falacias y eufemismos la llamada flexibilidad laboral.
  • Es falso que las personas puedan dedicar más tiempo a sus familias. Si la hora de ingreso es a las 8 de la mañana, la salida será a las 8 de la noche, sumemos las horas de traslado al lugar de trabajo. ¿El tiempo para la familia será a partir de las 9 de la noche? ¿Y las mujeres que a esa hora tendrán que llegar a atender a sus hijos o hacer labores del hogar? ¿Quién está dispuesto a cuidar niños por 12 horas, y si es así, cuanto más costará el pago de esa persona encargada del cuido?
  • Igualmente es falso que esa jornada facilite el estudio y la capacitación. ¿Cuál universidad, colegio, instituto o cualquier centro de estudios ofrece lecciones a partir de las 9 de la noche?
  • Tampoco es cierto que las personas puedan gozar de más días libres. El día adicional tendremos que dedicarlo a hacer todas las labores (hogar, estudio, familia, descanso), que tuvimos que posponer debido a la ardua jornada laboral.
  • El proyecto en cuestión pretende ignorar la relación desigual entre patronos y trabajadoras/es. Un principio de la ley laboral es la protección de la parte más débil de la relación (trabajador), que ante la necesidad de un empleo para subsistir, no puede poner condiciones a sus patronos, por tanto el Estado es el responsable de garantizarle esa protección por medio de las leyes que con estas iniciativas se están violentando.
  • Las 8 horas laborales no son antojadizas, sino responden a una lucha histórica claramente fundamentada. Cualquier profesional de la salud puede ratificar que toda persona necesita al día 8 horas de trabajo, 8 horas de estudio y/o esparcimiento y 8 horas de descanso. Asimismo, muchas de las normaAqui inserte codigo htmls relacionadas a la salud ocupacional y ambiente del trabajo, han sido establecidas técnicamente sobre la base de estudios con una jornada laboral de 8 horas.


La Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral solicita de manera vehemente a las señoras y señores diputados de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos el rechazo y archivo definitivo del Expediente 16.030.
 
 
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Representantes de la Campaña en la barra de público de la comisión que discute el proyecto

   

LABORAL RED es el sitio de la Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral.
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