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Viernes 10 de Septiembre de 2010
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Presentado por SITRACHIRI
Sala IV admite acción por derecho a huelga
La Sala Constitucional admitió una acción de inconstitucionalidad presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Chiquita Land Company SITRACHIRI.
La acción impugna los artículos 373 y 377 del Código de Trabajo, relacionados con el derecho a huelga. El recurso presentado por el Secretario General de SITRACHIRI, René García, argumenta que el artículo 373 del Código de Trabajo establece requisitos y procesos casi imposibles de cumplir para lograr que una huelga sea declarada legal, incluso, en más de 50 años de existencia de dicho Código, sólo 2 movimiento de huelga han sido declarados legales.

Esta situación que se agrava en el sector privado, en el que el patrono a través de diversos mecanismos y prácticas puede boicotear o entorpecer su realización, y el ordenamiento jurídico no otorga protección o fuero a los trabajadores que deseen participar y apoyar este mecanismo de presión para la defensa y logro de objetivos económicos sociales de los trabajadores

Por otra parte, cuestiona el artículo 377 del Código de Trabajo, que prevé que sin ningún proceso previo, se pueda despedir sin responsabilidad patronal a los trabajadores al calificarse una huelga de ilegal, sin previa demostración de que efectivamente se ha participado en forma activa en ella.

La acción de inconstitucionalidad advierte que el ejercicio de la huelga es irrenunciable y no está sujeta al arbitrio del juez; ya que las calificaciones de ilegalidad de los jueces son omisas, genéricas, absolutamente formales, sin determinar ni atender el tipo de conflicto de que se trata, ni tampoco determina cuántos o quienes intervinieron en la paralización de labores con ánimo de sumarse a la huelga.

Con la admisión de la acción de inconstitucionalidad, se impide dictar sentencia en los procesos judiciales pendientes hasta que la Sala se pronuncie, como es el caso de la huelga que mantienen desde el 31 de marzo los educadores y educadoras de segunda enseñanza.
 
 
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